Sociedad para el Estudio y la Difusión de la Terapia del Dr. Bach de  Cataluña
 

 

 
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¿Qué ocurre con la regulación?


Un poco de historia:

Como se ha informado previamente, la regulación  de las terapias naturales (decreto de la Generalitat del 1 de febrero de 2007) ha quedado de momento suspendida cautelarmente por el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (25 de julio de 2007). 
En el decreto mencionado anteriormente, se abordaba la regulación de las terapias naturales englobadas en 4 criterios: Naturista, Homeopático, Manual y Acupuntura y Terapias Orientales Afines, aunque, más adelante, el segundo quedó integrado en el primero.
La Terapia Floral de Bach no fue incluida dentro de este Decreto como consecuencia de la reivindicación efectuada por Sedibac ante la Direcció General de Recursos Sanitaris, a través de diversas entrevistas con el subdirector de esta institución, Dr. Lluís Torralba.
Ya en la primera entrevista, manifestamos nuestro deseo de no ser incluidos dentro de la Naturopatía, dado que consideramos la Terapia Floral con entidad propia para ser regulada aparte. No obstante debemos decir que, una vez publicado el decreto, en las guías de formación del Criterio Naturista publicadas por la Generalitat, figura Introducción a la Terapia Floral de Bach como asignatura formativa, no meramente informativa como habíamos solicitado y se nos había asegurado. Sobre este extremo, presentamos las pertinentes alegaciones.
Así las cosas, a finales de 2005 asistimos como observadores a las primeras reuniones para constituir TENACAT, federación a la que nos adherimos al pensar que iba a poder representarnos en nuestra lucha por la independencia floral, una vez que hiciéramos una importante labor de información y concienciación, como así ocurrió. Baste recordar que los ahora directivos de TENACAT tuvieron un importante papel en todo el desarrollo del decreto.

TENACAT es una federación de profesionales y ha tenido que ser así porque para dialogar con la administración, debía ser desde una plataforma profesional, ya que regular una disciplina implica ejercer una profesión con ella.

Para el ingreso en TENACAT se nos requirió, como a todas las asociaciones presentes que no eran profesionales, constituirnos en Sociedad Profesional, ya que SEDIBAC está registrada como entidad cultural sin fin de lucro y estas asociaciones tienen su registro en Gobernació con un determinado tipo de estatutos, no en Treball que corresponde a las profesionales. De hecho, el que la Generalitat nos recibiese como representantes de numerosos terapeutas, fue una muestra de buena voluntad por su parte, ya que podrían haber alegado que al no ser una sociedad profesional no teníamos voz ni voto en los temas que se estaban barajando. En las reuniones constituyentes de TENACAT se nos informó que bastaba con una modificación de estatutos, para poder ingresar en la federación. Hay que recordar que en aquellos momentos, los acontecimientos se sucedían con rapidez y la Generalitat tenía aparentemente mucha prisa en sacar el decreto.

Los cambios estatutarios de SEDIBAC debían ser aprobados en Asamblea General Extraordinaria, la cual se convocó el 2 de diciembre de 2005, cuando se aprobaron las pertinentes modificaciones.

Más adelante, los servicios jurídicos que asesoran a SEDIBAC y TENACAT, para nosotros totalmente fiables, nos indicaron que no bastaba con modificar los estatutos, sino que se debía formar una nueva sociedad, esta vez profesional, por lo que varios miembros de la junta de SEDIBAC cultural formamos SEDIBAC profesional, sociedad sin socios hasta el momento, pero que podía cumplir con la finalidad de representar nuestra parte legal ante diversas entidades.

Debemos aclarar que la nueva sociedad no modificaba para nada el normal funcionamiento ni los objetivos de SEDIBAC.

Y ahora qué?

La situación actual:

- En este momento lo que sabemos es que el tema de la regulación está parado, pero somos conscientes de que tarde o temprano se va a volver a activar todo.

- Existe SEDIBAC, la de siempre, asociación cultural sin ánimo de lucro, con la responsabilidad de todas las actividades que se realizan hasta ahora y obviamente, con la misma junta directiva que fue nombrada.

- Paralelamente existe SEDIBAC profesional, con una junta provisional, dada la urgencia que motivó su constitución y sin socios, a la espera de terminar el proceso.

- Ambas sociedades deberán convocar Asambleas Generales en 2008.

- Creemos que las dos sociedades tienen su sentido. SEDIBAC cultural puede agrupar a una serie de personas no interesadas en el campo profesional que, no obstante, desean mantenerse en contacto con el entorno de la Terapia Floral y apoyar sus proyectos de difusión, investigación y solidaridad con colectivos desfavorecidos. Así mismo Sedibac profesional tiene su misión en un campo más específico, conectado con la profesión en si, posible regulación y/o autorregulación, programas de formación para futuros terapeutas, proyecciones profesionales, relaciones laborales, etc. Ambas asociaciones, aunque conectadas, deben de tener estatutos diferentes ya que sus objetivos y lugares de registro no son los mismos.

- La Junta de SEDIBAC en este momento está trabajando sin fisuras para difundir como siempre la Terapia Floral de Bach, cumplir con la labor de ayuda social (numerosos voluntariados), brindar formación a través de la revista y actividades como Viernes Activos,  organización de seminarios, etc.

- SEDIBAC lucha para que la terapia Floral de Bach tenga su lugar en cualquier regulación y que los asociados que la ejerzan tengan protección y garantías legales.

El último punto ha requerido de muchísimo esfuerzo en estos últimos años.

¿Cómo es nuestro colectivo?

Lo que vemos en nuestros asociados

SEDIBAC es consciente de que entre los asociados hay principalmente 2 grupos, y ni que decir que estamos encantados con ello, ya que en la propia Junta existe esta duplicidad:

1. Socios que quieren pertenecer a un colectivo y apoyar con su contribución al desarrollo y divulgación de la Terapia Floral, a la obra del Dr. Bach y a las actividades altruistas que desarrollamos. Al mismo tiempo quieren disfrutar de la información que brinda SEDIBAC mediante sus publicaciones, asistir a seminarios, etc. Este primer grupo emplea las flores para su propio autotratamiento /crecimiento personal y el de su entorno afectivo. No piensan dedicarse a la Terapia Floral de forma profesional. Para atender a este grupo la estructura que tenemos hasta aquí es suficiente.

2. Socios que se dedican profesionalmente (parcial o totalmente) a la terapia Floral de Bach o piensan dedicarse en un futuro. Estos socios necesitan una estructura que, además de lo anterior,  les ofrece lo siguiente:

- Cualificación de Terapeuta Floral Profesional obtenida (de momento) por la autorregulación de SEDIBAC profesional, hasta que la regulación legal se produzca.
- Inclusión, si se desea, en la lista de terapeutas profesionales de Sedibac
- Respaldo institucional de una asociación profesional.
- Posibilidad de seguro de responsabilidad civil, y respaldo y asesoramiento legal (ahora o más adelante).
- Formación continuada más específica.
- Información legal específica mediada por SEDIBAC.
- Pertenencia a TENACAT con la proyección que ello implica.

Como vemos, las necesidades son muy diferentes, aunque el beneficiarse de los puntos del segundo grupo, no excluye, ni debe excluir en una filosofía como la nuestra, los logros del primero.

¿Qué debo hacer como socio de SEDIBAC?

Lo que proponemos:

- Que todos aquellos que se sientan englobados en el segundo grupo, nos comuniquen su interés en pertenecer a SEDIBAC profesional, tanto si están ejerciendo como si piensan hacerlo en alguna medida en el futuro.

- Autorregularnos para recibir la acreditación de Terapeuta Floral reconocido por SEDIBAC profesional. Para ello se establecerán unos requisitos mínimos.

- Pertenecer a las 2 asociaciones al mismo tiempo, compartiendo las ventajas y los servicios comunes.

 

Supervisión de Casos

Terapeutas Florales



































































































 

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