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Regulación TN
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¿Qué ocurre con la regulación?
Un poco de historia:
Como se ha informado previamente, la regulación de las terapias naturales
(decreto de la Generalitat del 1 de febrero de 2007) ha quedado de momento
suspendida cautelarmente por el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya
(25 de julio de 2007).
En el decreto mencionado anteriormente, se abordaba la regulación de las
terapias naturales englobadas en 4 criterios: Naturista, Homeopático,
Manual y Acupuntura y Terapias Orientales Afines, aunque, más adelante, el
segundo quedó integrado en el primero.
La Terapia Floral de Bach no fue incluida dentro de este Decreto como
consecuencia de la reivindicación efectuada por Sedibac ante la Direcció
General de Recursos Sanitaris, a través de diversas entrevistas con el
subdirector de esta institución, Dr. Lluís Torralba.
Ya en la primera entrevista, manifestamos nuestro deseo de no ser
incluidos dentro de la Naturopatía, dado que consideramos la Terapia
Floral con entidad propia para ser regulada aparte. No obstante debemos
decir que, una vez publicado el decreto, en las guías de formación del
Criterio Naturista publicadas por la Generalitat, figura Introducción a la
Terapia Floral de Bach como asignatura formativa, no meramente informativa
como habíamos solicitado y se nos había asegurado. Sobre este extremo,
presentamos las pertinentes alegaciones.
Así las cosas, a finales de 2005 asistimos como observadores a las
primeras reuniones para constituir TENACAT, federación a la que nos
adherimos al pensar que iba a poder representarnos en nuestra lucha por la
independencia floral, una vez que hiciéramos una importante labor de
información y concienciación, como así ocurrió. Baste recordar que los
ahora directivos de TENACAT tuvieron un importante papel en todo el
desarrollo del decreto.
TENACAT es una federación de profesionales y ha tenido que ser así porque
para dialogar con la administración, debía ser desde una plataforma
profesional, ya que regular una disciplina implica ejercer una profesión
con ella.
Para el ingreso en TENACAT se nos requirió, como a todas las asociaciones
presentes que no eran profesionales, constituirnos en Sociedad
Profesional, ya que SEDIBAC está registrada como entidad cultural sin fin
de lucro y estas asociaciones tienen su registro en Gobernació con un
determinado tipo de estatutos, no en Treball que corresponde a las
profesionales. De hecho, el que la Generalitat nos recibiese como
representantes de numerosos terapeutas, fue una muestra de buena voluntad
por su parte, ya que podrían haber alegado que al no ser una sociedad
profesional no teníamos voz ni voto en los temas que se estaban barajando.
En las reuniones constituyentes de TENACAT se nos informó que bastaba con
una modificación de estatutos, para poder ingresar en la federación. Hay
que recordar que en aquellos momentos, los acontecimientos se sucedían con
rapidez y la Generalitat tenía aparentemente mucha prisa en sacar el
decreto.
Los cambios estatutarios de SEDIBAC debían ser aprobados en Asamblea
General Extraordinaria, la cual se convocó el 2 de diciembre de 2005,
cuando se aprobaron las pertinentes modificaciones.
Más adelante, los servicios jurídicos que asesoran a SEDIBAC y TENACAT,
para nosotros totalmente fiables, nos indicaron que no bastaba con
modificar los estatutos, sino que se debía formar una nueva sociedad, esta
vez profesional, por lo que varios miembros de la junta de SEDIBAC
cultural formamos SEDIBAC profesional, sociedad sin socios hasta el
momento, pero que podía cumplir con la finalidad de representar nuestra
parte legal ante diversas entidades.
Debemos aclarar que la nueva sociedad no modificaba para nada el normal
funcionamiento ni los objetivos de SEDIBAC.
Y ahora qué?
La situación actual:
- En este momento lo que sabemos es que el tema de la regulación está
parado, pero somos conscientes de que tarde o temprano se va a volver a
activar todo.
- Existe SEDIBAC, la de siempre, asociación cultural sin ánimo de lucro,
con la responsabilidad de todas las actividades que se realizan hasta
ahora y obviamente, con la misma junta directiva que fue nombrada.
- Paralelamente existe SEDIBAC profesional, con una junta provisional,
dada la urgencia que motivó su constitución y sin socios, a la espera de
terminar el proceso.
- Ambas sociedades deberán convocar Asambleas Generales en 2008.
- Creemos que las dos sociedades tienen su sentido. SEDIBAC cultural puede
agrupar a una serie de personas no interesadas en el campo profesional
que, no obstante, desean mantenerse en contacto con el entorno de la
Terapia Floral y apoyar sus proyectos de difusión, investigación y
solidaridad con colectivos desfavorecidos. Así mismo Sedibac profesional
tiene su misión en un campo más específico, conectado con la profesión en
si, posible regulación y/o autorregulación, programas de formación para
futuros terapeutas, proyecciones profesionales, relaciones laborales, etc.
Ambas asociaciones, aunque conectadas, deben de tener estatutos diferentes
ya que sus objetivos y lugares de registro no son los mismos.
- La Junta de SEDIBAC en este momento está trabajando sin fisuras para
difundir como siempre la Terapia Floral de Bach, cumplir con la labor de
ayuda social (numerosos voluntariados), brindar formación a través de la
revista y actividades como Viernes Activos, organización de seminarios,
etc.
- SEDIBAC lucha para que la terapia Floral de Bach tenga su lugar en
cualquier regulación y que los asociados que la ejerzan tengan protección
y garantías legales.
El último punto ha requerido de muchísimo esfuerzo en estos últimos años.
¿Cómo es nuestro colectivo?
Lo que vemos en nuestros asociados
SEDIBAC es consciente de que entre los asociados hay principalmente 2
grupos, y ni que decir que estamos encantados con ello, ya que en la
propia Junta existe esta duplicidad:
1. Socios que quieren pertenecer a un colectivo y apoyar con su
contribución al desarrollo y divulgación de la Terapia Floral, a la obra
del Dr. Bach y a las actividades altruistas que desarrollamos. Al mismo
tiempo quieren disfrutar de la información que brinda SEDIBAC mediante sus
publicaciones, asistir a seminarios, etc. Este primer grupo emplea las
flores para su propio autotratamiento /crecimiento personal y el de su
entorno afectivo. No piensan dedicarse a la Terapia Floral de forma
profesional. Para atender a este grupo la estructura que tenemos hasta
aquí es suficiente.
2. Socios que se dedican profesionalmente (parcial o totalmente) a la
terapia Floral de Bach o piensan dedicarse en un futuro. Estos socios
necesitan una estructura que, además de lo anterior, les ofrece lo
siguiente:
- Cualificación de Terapeuta Floral Profesional obtenida (de momento) por
la autorregulación de SEDIBAC profesional, hasta que la regulación legal
se produzca.
- Inclusión, si se desea, en la lista de terapeutas profesionales de
Sedibac
- Respaldo institucional de una asociación profesional.
- Posibilidad de seguro de responsabilidad civil, y respaldo y
asesoramiento legal (ahora o más adelante).
- Formación continuada más específica.
- Información legal específica mediada por SEDIBAC.
- Pertenencia a TENACAT con la proyección que ello implica.
Como vemos, las necesidades son muy diferentes, aunque el beneficiarse de
los puntos del segundo grupo, no excluye, ni debe excluir en una filosofía
como la nuestra, los logros del primero.
¿Qué debo hacer como socio de SEDIBAC?
Lo que proponemos:
- Que todos aquellos que se sientan englobados en el segundo grupo, nos
comuniquen su interés en pertenecer a SEDIBAC profesional, tanto si están
ejerciendo como si piensan hacerlo en alguna medida en el futuro.
-
Autorregularnos para recibir la acreditación de Terapeuta Floral
reconocido por SEDIBAC profesional. Para ello se establecerán unos
requisitos mínimos.
-
Pertenecer a las 2 asociaciones al mismo tiempo, compartiendo las ventajas
y los servicios comunes.
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