Sociedad para el Estudio y la Difusión de la Terapia del Dr. Bach de Cataluña
 

 
 
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Regulación de las Terapias Naturales

 

                                                                                                 Barcelona, 12 de junio de 2009

TENACAT Y CTAC-UGT LAMENTAN QUE EL TSJC ANULE EL DECRETO CATALÁN
DE LAS TERAPIAS NATURALES

Reclamamos a la Generalitat de Catalunya que anuncie la presentación de un recurso a la sentencia del TSJC

TENACAT y CTAC-UGT de Cataluña ponen de manifiesto su malestar por el hecho de que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) haya anulado todo el decreto de terapias naturales de la Generalitat por considerar que la normativa catalana del año 2007 entra en conflicto con las competencias estatales.

A pesar de respetar, como no podía ser de otra manera, la sentencia del TSCJ, TENACAT y CTAC-UGT de Cataluña lamentan que esta resolución vuelva a dejar de nuevo a los 6.000 profesionales que conforman este sector en casa en un "umbral jurídico". A la espera de poder tener acceso al contenido de la sentencia judicial, TENACAT y CTAC-UGT de Cataluña se muestran en desacuerdo con los principales argumentos de la misma, publicados en los medios de comunicación, que conducen a la estimación del recurso.

Con esta resolución se incumple las recomendaciones de la Unión Europea que reclaman una regulación de estas actividades, muy presentes en las sociedades adelantadas. Hay que destacar que, aunque era una de sus propuestas electorales desde el 2004, el gobierno de Zapatero ha incumplido su promesa de regular el sector de las terapias naturales. Y no tan sólo eso. Desde el ejecutivo se han recorrido las diferentes iniciativas que se han puesto en marcha desde el ámbito autonómico.

Comunicado de prensa

Dirigido a las secciones de Sociedad – Sanidad - Economía

carrer de Llançà, 56 – 08015 Barcelona tel. 935 444 308 – comunicacio@tenacat.org

Como miembros de la comisión de expertos que ha trabajado para la elaboración del Decreto, TENACAT y CTAC-UGT de Cataluña quieren señalar: :

Que la finalidad del decreto 31/2007 es la protección de la salud de las personas.
Que el Decreto regula las condiciones y habilitaciones administrativas para ejercer un oficio.
• Que el Decreto no regula ninguna actividad sanitaria.
Que el Decreto ha regulado una realidad en que el Estado no ha dictado la legislación básica.

Por estas razones, des de TENACAT y desde la CTAC-UGT reclamamos a la Generalitat de Catalunya que dé una respuesta contundente y anuncie la presentación de un recurso a la sentencia de la TSJC, mientras reclama al Gobierno central que cumpla con sus promesas electorales e inicie la tramitación legislativa de la regulación de las terapias naturales a nivel del Estado.

Más información:
Francesca Simeón
, presidenta de TENACAT: 616 237 461
Salvador Duarte
, presidente de CTAC-UGT de Cataluña: 617 627 535.

SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUNYA (descargar pdf)

 

Noticias de interés (Fuente Tenacat.org)

Observatorio de las Terapias Naturales

Bajo el patrocinio de COFENAT, CONAMAD y TENACAT se ha encargado al Instituto DYM (una de las empresas más reconocidas en España en estudios de mercado y opinión) la realización del "Primer Estudio Profesional sobre Uso y Hábitos de Consumo de las Terapias Naturales en España".
El director del estudio es Alfons Vinyals.

Con la realización, por primera vez en España de un estudio profesional de estas características se pretende dar a conocer a la opinión pública los resultados del mismo para mostrar la realidad actual de las terapias naturales en España y de esta manera volver a introducir el debate sobre la necesidad de regular el sector de las terapias naturales en las agendas políticas y sociales.

Síntesis del estudio (descargar pdf)

Regulación de las Terapias Naturales

El 25 de julio de 2007, el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya procedió a la suspensión cautelar del decreto de regulación de Terapias Naturales aprobado el 30 de enero de 2007.

Este decreto ha sido objeto de bastante polémica desde su gestación, habiendo además de esta suspensión cautelar, al menos diez recursos pendientes de resolución.

Recordemos que el decreto en cuestión no reconocía aún la figura del terapeuta floral y se relacionaba básicamente con la regulación de la naturopatía, terapias manuales, homeopatía (dentro del criterio naturopático) y terapias chinas (acupuntura, etc.).

Todo este tema va a seguir evolucionando en un sentido o en otro, por lo que conviene estar informados.

SEDIBAC, como colectivo muy representativo de la Terapia Floral de Bach, tanto en Catalunya como en el resto del Estado, apuesta por una regulación que, por supuesto, reconozca y defienda la personalidad propia del Terapeuta Floral, no vinculado ni dependiente de otras disciplinas como naturopatía, homeopatía, enfermería, etc.

Desde el inicio del proceso legal hemos tenido una actividad inequívoca en este sentido, desplegada en todas las entrevistas con autoridades de la Generalitat de Catalunya, negociaciones e ulterior ingreso en TENACAT, etc.

En este espacio iremos informando de los hechos más relevantes en el tema de la regulación de las Terapias Naturales.

Junta de SEDIBAC
Octubre, 2007


 


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